Micelio
Auto16 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Empresa De Servicios Públicos Energizet Sa Esp·Demandado Agencia Nacional De Infraestructura Ani Y Otro

Tema · dato duro
Demanda Para El Reconocimiento Y Pago De Sumas De Dinero Por Concepto De La Prestación Del Servicio De Alumbrado Público Como Consecuencia Del Incumplimiento De Un Contrato De Concesión Suscrito Por El Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contratos Estatales De Alumbrado Publico
  • Pertenecen al género de los contratos de concesión
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre a Sala Civil Familia Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta y el Tribunal Administrativo de Norte de Santander.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda verbal de mayor cuantía que interpuso la Empresa de Servicios Públicos ENERGIZET S.A.-E.S.P. en contra de la empresa Concesionaria San Simón S.A. y contra la Nación -Agencia Nacional de Infraestructura (ANI)-, en el marco de una controversia contractual respecto del objeto de cobertura de dos contratos de concesión.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena consideró que la competencia sobre este asunto corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Lo anterior, en virtud de la cláusula general de competencia contenida en el artículo 104 del CPACA, específicamente, el numeral segundo que establece que dicha jurisdicción conocerá de los conflictos “relativos a los contratos, cualquiera que sea su régimen, en los que sea parte una entidad pública o un particular en ejercicio de funciones propias del Estado”.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Tribunal Administrativo de Norte de Santander, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta y el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en el sentido de DECLARAR que este último es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por ENERGIZET S.A.-E.S.P. en contra de la empresa Concesionaria San Simón S.A. y contra la Nación -Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-179 al Tribunal Administrativo de Norte de Santander, para que adelante las actuaciones de su competencia, y para que comunique la presente decisión la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, al Juzgado Civil del Circuito de Los Patios y a los sujetos procesales incluidas las sucesiones procesales a que haya lugar dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.